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Ley de fusiones: Cuatro claves para entender el dictamen sobre la concentración empresarial

El último miércoles, la Comisión de Economía del Congreso aprobó el dictamen de Ley que regula las fusiones y concentraciones empresariales en el país.

A pesar de la abstención de la Bancada Fujimorista, la Comisión de Economía del Congreso aprobó el dictamen que regula las fusiones y concentraciones empresariales, que se realicen dentro o fuera del país y que afecte la competencia del mercado peruano, así como a los consumidores.

Para poner en contexto, recordaremos al lector la última operación de concentración empresarial que se realizó en el país: La compra de Quicorp S.A. (dueña de Química Suiza, Mifarma, BTL y Fasa) por parte del grupo Intercorp, empresa que ahora posee más del 80% del mercado farmaceútico en el mercado nacional.

A opinión de diferentes congresistas, entre ellos, el parlamentario Marco Arana, Marisa Glave y Victor García Belaunde, lo que genera la concentración, en el caso del sector farmaceútico, es que se corre el riesgo de que las marcas eleven precios, y al poseer gran parte del mercado, afecte directamente los bolsillos del consumidor, por ejemplo.

Para que todo ello no suceda, la Comisión de Economía aprobó el dictamen de ley que establece la evaluación previa en caso se detecte una concentración empresarial. Te explicamos en las siguientes líneas en qué consiste:

1. ¿En qué casos se someten a evaluación?

El dictamen establece que se someterá a evaluación previa las concentraciones empresariales que hayan alcanzado durante el ejercicio fiscal anterior a que se notifique la operación, un valor igual o superior a 450 millones de soles (100 mil UIT), o que el valor de las ventas brutas totales en el país de al menos dos de las empresas involucradas en la operación de concentración empresarial haya alcanzado durante el ejercicio fiscal anterior un valor igual o superior a 83 millones de soles (20 mil UIT).

Además, la ley precisa que la evaluación se realizará antes de la implementación o ejecución de la operación de concentración empresarial.

2. ¿Qué entidad estará a cargo?

“El procedimiento de evaluación previa se encontrará a cargo exclusivamente del Indecopi“, según precisa la Ley. No obstante, la Comisión de Defensa de la Libre Competencia será el órgano con competencia exclusiva para resolver en primera instancia administrativa a nivel nacional en el procedimiento de evaluación previa de operaciones de concentración empresarial.

3. ¿A qué tipo de empresas se aplicaría la Ley?

Según explicó el congresista aprista Jorge del Castillo, la ley es genérica y tiene aplicación a todo tipo de empresas, incluyendo al sector financiero y los bancos. Para éstos últimos, se contará con una opinión de la SBS durante el proceso de evaluación.

4. ¿Existe sanción para empresas infractoras?

En caso los organismos encargados no den la autorización de fusiones o compras de empresas porque podría representar una competencia desleal para el mercado, y aún así, las empresas hacen efectiva la operación de concentración, sí recibirían una multa. La infracción leve, tendrá una multa de 2,5% del volumen de ventas o ingresos percibidos correspondientes al ejercicio inmediato. Mientras que la infracción grave y muy grave será de 5% y 10%, respectivamente.

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