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Economía se estanca en abril, Gobierno modifica los impuestos

El Ministerio de Economía publicó un Decreto Supremo que modifica -nuevamente- el Impuesto Selectivo al Consumo. Cerveza sin alcohol y agua están entre los productos afectados

Con la economía de abril estancada (creció apenas 0,02% según los resultados del INEI), el Ministerio de Economía (MEF) publicó este sábado 15 de junio una modificación en el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) de diversos productos. Cabe destacar que la recaudación de tributos -en parte gracias al aumento de impuestos del año pasado- ha venido creciendo en lo que va del año, dando incluso un salto en mayo con un alza mayor al 6%.

Sin embargo, luego de ya haber hecho un cambio el año pasado en este sistema de recaudación, agregando nuevos productos a su canasta, el MEF vuelve a variar la tasa para las categorías en donde están productos como la cerveza sin alcohol, agua, vehículos a motor o cigarros.

Las tablas quedan de la siguiente forma:

En la lista de productos afectos a la tasa del 0% se incluye a solo vehículos automóviles nuevos ensamblados concebidos principalmente para el transporte de personas: que exclusivamente utilizan gasolina y gas, diésel y/o semidiésel y gas, como combustible.

En el caso del ISC al tabaco, se gravan todas las partidas de tabaco, incluyendo los productos de tabaco calentado, los cuales serán gravados con S/0,27 por unidad, un nivel similar al aplicado a los cigarrillos comunes. Asimismo, se consideran otros productos de tabaco diseñados para consumo humano, a los cuales se les aplicará un ISC de 50% del valor

Además, se modifica la lista de productos afectos a la tasa del 17%. Ahora se incluirá al agua, incluida el agua mineral y la gaseada, con adición de azúcar u otro edulcorante o aromatizada, con un contenido de azúcares totales superior a 0,5 g/100 ml pero inferior a 6 g/100 ml.

También se incluye en esta categoría a la cerveza sin alcohol, con un contenido de azúcares totales superior a 0,5 g/100 ml pero inferior a 6 g/100 ml. Y adicionalmente a las demás bebidas no alcohólicas, con un contenido de azúcares totales superior a 0,5 g/100 ml pero inferior a 6 g/100 ml. Quedan exceptuadas aquellas relacionadas a la industria farmacéutica.

El ISC para los tres últimos productos mencionados varía en dos ocasiones más, esto según su nivel de azúcar.

Por otra parte, en el caso del ISC a las bebidas analcohólicas (entre ellas gaseosas, bebidas cola, jugos y zumos artificiales, aguas con sabor) se establece una nueva tasa del ISC de 12% al valor para las bebidas sin azúcar, entendiéndose como tales aquellas con contenido de azúcar igual o menor a 0,5gr/100ml. Con esta menor tasa se busca continuar incentivando la producción de bebidas con menor contenido de azúcar.

 VEHÍCULOS

De acuerdo al tamaño del motor y el tipo de vehículo, el MEF también determina cambios en las categorías que incluyen a las motocicletas y autos, excepto siempre aquellos medios de transporte diseñados para personas con discapacidad.

Así, por ejemplo, se uniformiza el tratamiento tributario del ISC aplicable a los vehículos usados importados con una tasa de 40% al valor. Así, los vehículos usados que hoy están gravados con un ISC al valor de 10% pasan a tener una tasa de 40%.

También en el caso del ISC a los vehículos, la norma dispone una nueva escala impositiva para los vehículos nuevos según cilindrada. Así, aquellos con cilindradas mayores a 1400cc pero menores o iguales a 1500cc tendrán un ISC al valor de 7,5%, mientras que a los vehículos con cilindradas menores o iguales a 1400cc se les aplicará un ISC de 5%. Cabe indicar que los vehículos con cilindradas mayores a 1500cc mantienen la tasa de 10%.

En este marco, también se modifica la tasa del ISC a las motos nuevas con cilindradas menores o iguales a 125cc, las cuales tendrán una tasa de ISC de 5% al valor aplicable. Las motos con cilindradas mayores mantienen la tasa de 10%.

De acuerdo al MEF, esto se hace en línea con las políticas de gobierno, y “constituyen un perfeccionamiento del ISC a fin de mejorar el tratamiento de las externalidades negativas, mejorar la recaudación, así como ratifican el propósito de promover buenas prácticas de alimentación saludable, desincentivar el consumo de productos nocivos y proteger el ambiente”.

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