NACIONALES

Congreso: Norma antielusiva seguirá en suspenso

La comisión de Constitución del Congreso aprobó el informe que deroga y modifica tres artículos del Decreto Legislativo 1422, el cual realizó precisiones a la claúsula antielusiva general o norma XVI.

La comisión de Constitución del Congreso aprobó el informe que busca derogar y modificar tres artículos del Decreto Legislativo (DL) 1422, el cual realizó precisiones a la norma antielusiva general o norma XVI. Esto a partir de un informe preliminar presentado por un grupo de trabajo de la Comisión de Constitución, presidido por el congresista Miguel Torres.

Dicha moción fue aprobada con 14 votos a favor y uno en contra, de parte del congresista Richard Arce, congresista de Nuevo Perú.

Con la aprobación del informe, se exige la modificación de la segunda disposición complementaria que facultaba a la Sunat para que aplique la norma antielusiva en procedimientos de fiscalización que revisen los planeamientos tributarios de las empresas desde julio del 2012. La comisión citada señala que la fiscalización se deba dar a partir de la entrada en vigencia del DL hacia adelante.

“El informe del grupo de trabajo recomienda la modificación de dicha disposición para hacerla compatible con el principio de seguridad jurídica. En vista que la facultad de fiscalización de la Sunat sobre la Norma XVI se encuentra suspendida desde el año 2014″, subrayó Miguel Torres.

Asimismo, se aprobó derogar dos disposiciones, debido a que el establecimiento de obligaciones legales para el directorio de una sociedad implica modificar la Ley General de Sociedades, materia que no fue objeto de la delegación de facultades, explicó Torres.

La primera la tercera disposición complementaria final, que dispone que corresponde al directorio definir la estrategia tributaria de la sociedad debiendo decidir sobre la aprobación o no de actos, situaciones o relaciones económicos a analizarse en el marco de la planificación fiscal.

La segunda es la única disposición complementaria transitoria, la cual dispone que los actos, situaciones y relaciones económicas realizados en el marco de la planificación fiscal e implementados hasta setiembre de este año —fecha en que entró en vigencia el DL 1422— que sigan teniendo efectos, deben ser evaluados en el directorio de la persona jurídica sin perjuicio de que la gerencia u otros administradores de la sociedad hubieran aprobado los referidos actos, situaciones y relaciones.

Por su parte, la congresista Úrsula Letona sugirió que la Sunat ya no presuma dolo por parte los representantes legales de las empresas, a quienes les correspondería responsabilidad solidaria en casos de elusión, según el DL 1422. “No debemos perder de vista el principio de presunción de inocencia”, subrayó.

A la fecha, la norma antielusiva no se encuentra vigente debido a que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aún no emite el decreto supremo que permitiría su aplicación. Esto iba ocurrir en octubre, según informó el ente recaudador.

Obtenga las ultimas noticias de APAM